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Diputados avalan impuesto de 3 pesos para sueros orales y bebidas electrolíticas

Por: admin

Como parte de las modificaciones hechas a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), el pleno de la Cámara de Diputados avaló gravar los sueros orales y bebidas electrolíticas con azúcares añadidos o edulcorantes con 3.08 pesos por litro a partir del 1 de enero del 2026.

No obstante, quedarán exentos de este pago aquellos sueros orales que contengan exclusivamente las siguientes sustancias: glucosa anhidra, cloruro de sodio, cloruro de potasio y citrato trisódico; es decir, los que tengan la fórmula que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha establecido para las Sales de Rehidratación Oral (SRO).

Para justificar este impuesto, los diputados indicaron que se buscan mejores prácticas en materia de salud, derivado de que se ha observado un uso excesivo е inapropiado en el consumo de sueros orales con y sin registro sanitario, ya que en el caso de sueros orales no es requisito si cuentan o no con registro sanitario de medicamento para su venta.

También aseguraron que no es conveniente la excesiva ingesta del suero oral, ya que, en ciertos casos, como en pacientes con vómitos persistentes, íleo o shock no son candidatos adecuados para terapia de rehidratación oral pues en ellos la administración excesiva de dichos sueros puede agravar la condición clínica.