La 67 Legislatura del Estado de Chihuahua, envió este día al Congreso de la Unión, una iniciativa con carácter de Decreto, a efecto de reformar la Ley de Migración y la Ley General de Protección Civil, en aras de garantizar la protección integral de personas migrantes.
Al dar lectura al dictamen que preparó la Comisión de Asuntos Fronterizos y Atención a Migrantes, la Diputada Georgina Zapata Lucero dijo que dentro de la reforma a la Ley de Migración se destaca el que en ningún caso, una situación migratoria irregular preconfigurará por sí misma la comisión de un delito ni se prejuzgará la comisión de ilícitos por parte de un migrante por el hecho de encontrarse en condición no documentada, por la cual la autoridad migratoria no podrá retenerlos indefinidamente.
Entre otros de los puntos a considerar de la reforma se encuentran, por mencionar algunos:
El coordinarse junto con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, la colocación y cierre de estancias o estaciones migratorias. En caso del cierre de éstas, se deberá de justificar el motivo, así como las medidas provisionales que deberán tomarse para la protección de migrantes.
Las estaciones, estancias migratorias o los lugares habilitados para tal fin, deberán cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley General de Protección Civil, así como las leyes y reglamentos locales en la materia.
Los servidores públicos adscritos al INM, deberán acreditar estar certificados en materia de protección civil, asistencia a personas en situación de vulnerabilidad, atención y procedimientos aplicables a niñas, niños y adolescentes, perspectiva de género, así como en aquellos programas que sean sugeridos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las organizaciones de la sociedad civil especializadas para garantizar la protección integral de personas migrantes y los grupos de protección que señala el artículo 71 de la presente Ley.
En las evaluaciones periódicas a los integrantes del Instituto, entre otras cosas, se deberá evaluar el conocimiento de los protocolos de seguridad y protección civil, para la atención de situaciones de riesgo
Emitir y actualizar el certificado correspondiente al personal del Instituto que acredite las evaluaciones correspondientes, en caso de no acreditarse, serán separados de su cargo y dados de baja;
Corresponde a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos: Coadyuvar con el Instituto en la implementación de acciones que permitan garantizar la protección integral de personas migrantes a través de los procesos de certificación y capacitación del personal en servicio en las estaciones migratorias o estancias provisionales a que hace referencia el tercer párrafo del artículo 106 de la presente Ley; así como el evaluar de manera anual y programada el desempeño de las personas en servicio en las estaciones migratorias o estancias provisionales en el territorio nacional.
Con respecto a la Ley General de Protección Civil, se menciona el que se deberá gestionar por medio de las autoridades correspondientes, las inspecciones de cumplimiento de los lineamientos de Protección Civil en las instalaciones de las estaciones o estancias migratorias operadas por el Instituto Nacional de Migración, que deberán contar con el Programa Interno de Protección Civil. Se expedirá un certificado de cumplimiento, el cual deberá de ser renovado con una periodicidad de doce meses.